Modificación sustancial de condiciones de trabajo: Claves

Modificación sustancial de condiciones de trabajo según el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores

La modificación sustancial de condiciones de trabajo según el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores es una herramienta legal que permite a la empresa alterar aspectos fundamentales de la relación laboral.

Turno partido como modificación sustancial de la jornada

Un cambio de turno continuo a turno partido modifica sustancialmente la jornada de trabajo y puede considerarse una modificación sustancial de condiciones laborales en los términos del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Fundamento legal: artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores

El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores regula la modificación sustancial de condiciones de trabajo, incluyendo jornada, horario y régimen de turnos. La empresa debe justificar la medida por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, y comunicarla con al menos 15 días de antelación.

Jurisprudencia relevante sobre modificación sustancial

La Sentencia del Tribunal Supremo del 25 de noviembre de 2015 reconoce que pasar de un turno continuo a uno partido constituye una modificación sustancial. Sentencias del TSJ de Canarias y el TSJ de Madrid ratifican esta interpretación cuando se altera de forma significativa la distribución del tiempo de trabajo.

Qué puede hacer el trabajador ante una modificación sustancial

El trabajador puede: Aceptar la nueva jornada, rescindir el contrato con derecho a indemnización de 20 días por año trabajado (hasta 9 meses), o impugnar judicialmente la medida si no está debidamente justificada o comunicada.

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